ACCESO
Capacitación te recomienda las siguientes técnicas y destrezas en
litigación que se aplican día a día en los tribunales de Estados Unidos.
Periódicamente publicaremos nuevas destrezas que pueden ser de gran
utilidad para los abogados de América Latina.
Introducción:
Un abogado es creíble cuando cumple sus promesas
ante el tribunal; demuestra respeto al juez, a los testigos, a la
contraparte; y únicamente hace valer argumentos creíbles apoyados por
los hechos y la ley. Un abogado creíble evita trucos o trampas, deja ver
los problemas de su caso o debilidades con sus testigos, y juega limpio
sin importar el resultado. Para cultivar la confianza en el juez, es
necesario que el abogado demuestre su dominio de los hechos, de este
modo confirmará la percepción del juez acerca del conocimiento superior
del abogado mientras éste simultáneamente demuestra su compromiso con la
equidad y la justicia.
Ser un buen defensor no es oponerse a todo, sino
buscar la solución más favorable al defendido de acuerdo a los elementos
que realmente tenga en su poder y conocimiento. En resumen, un buen
defensor siempre maneja su trabajo sobre el principio de buena fe.
Teoría del Caso:
La teoría del caso es simplemente una historia
lógica y persuasiva de “lo que realmente pasó.” Debe ser consistente con
todos los medios probatorios y con la percepción del Juez acerca del
sentido común del funcionamiento de la vida. Tu teoría del caso debe ser
una combinación de las pruebas incuestionables y tu versión de la
evidencia controvertible que presentarás en el tribunal en forma
narrativa ―relatando un cuento.
Para los Jueces, debe ser fundamental analizar si
efectivamente el Fiscal en su exposición está acreditando su teoría del
caso y si el Defensor, igualmente, está desplegando tal actividad, pues
ambos a través del manejo idóneo de las herramientas de la teoría del
caso estarán demostrando al Tribunal lo siguiente: 1. tengo un caso, por
lo tanto no divago en definiciones abstractas o genéricas; 2. tengo los
elementos que sustentan mi caso, por lo tanto puedo conectarlos (o
desconectarlos) perfectamente con los hechos y acreditar (o
desacreditar) la participación del imputado; 3. tengo claro mi objetivo
y, por ende, mis alegatos son directos, claros, concretos y con
referencia específica a mi caso; 4. cuando cumplo con todos los aspectos
previos, entonces tendré también un correcto manejo de las pruebas
porque tengo claro el uso, pertinencia, necesidad, idoneidad e utilidad
de cada elemento.
La teoría del caso que se formule para ir a
juicio debe ser consciente, y por lo tanto, debe basarse en los
elementos que efectivamente se han logrado obtener en el caso y no en
fantasías o supuestos inexistentes. Si como acusación sólo se tienen
elementos para demostrar la existencia de un delito culposo, es una
irresponsabilidad presentar el caso sobre la base de un delito doloso.
Si como defensa se ha analizado la situación y se sabe que la prueba es
contundente y la posibilidad de absolución es remota, se debe concentrar
los esfuerzos en obtener una pena menor a la solicitada por el fiscal.
Trabajar una teoría del caso sirve a los litigantes para tomar
consciencia de sus posibilidades y limitaciones y decidir el camino a
seguir en el juicio en función a ello.
Alegato de Apertura:
En teoría, el alegato de apertura debe ser una
descripción no argumentativa de los hechos y la evidencia. El abogado
deberá ser objetivo en la presentación de sus declaraciones iniciales
eliminando argumentos obvios. No puede argumentar la credibilidad de
algún testigo, descaradamente darle peso a la evidencia que se
presentará, o discutir en detalle la aplicación de la ley a los hechos.
La importancia del argumento de apertura genera
una gran tentación a exagerar los medios de prueba y a prometer más de
lo que el abogado puede aportar. Y sin embargo, los valores del
abogado―su credibilidad hacia con el Juez―fortalece la necesidad de no
ceder a esta tentación. Pero claro, esto es más fácil decirlo que
hacerlo. Los peligros acechan en cada caso. ¿Testificará realmente el
testigo durante el juicio? Cuando testifiquen los testigos, ¿dirán lo
que el abogado representó durante la apertura? ¿Admitirá el Juez la
evidencia? ¿Establecerán las pruebas lo que realmente reclama el
cliente? Una preparación minuciosa y exhaustiva evitará que el abogado
se contagie de casi todo el peligro de prometer demasiado. El resto se
logra con una dosis de precaución para no hacer grandes afirmaciones
sobre cuestiones inciertas. En cambio, cuando la otra parte realiza
promesas, el abogado debe tomar nota, y si las promesas no se cumplen
con la evidencia presentada, dichas promesas no cumplidas darán mucho de
qué hablar durante el argumento de clausura.
El abogado necesita proyectarse en la sala de
audiencia, así que debe hablar con autoridad y con voz fuerte, llamando
la atención de todos. Los comentarios van dirigidos al juez, y debes
mirarlo al hablar, pero se debe hablar como si todos en la sala debieran
escucharte. El juez estará más inclinado a escuchar si tiene la
impresión de que los demás están escuchando, incluyendo aquellos
sentados en la última fila. Por consiguiente, tu voz debe ser
claramente perceptible a toda la audiencia. El tono puede variar usando
la voz como efecto dramático, pero en general, se debe emplear un
volumen enérgico.
Interrogatorio Directo:
Tal vez la tarea
más difícil en el proceso de preparación del interrogatorio directo es
asegurarnos que nuestros testigos entiendan cómo dar su testimonio de
una forma persuasiva y creíble. Muchos abogados comienzan con una lista
de todo lo que deben hacer con el testigo ya sea de forma oral, por
escrito, o ambas. El consejo más importante es que el testigo diga la
verdad. Por ningún motivo el abogado debe actuar explícita o
implícitamente que conlleve al testigo a opacar la verdad o a decir una
mentira.
El litigante puede
aplicar varias estrategias durante el testimonio de un testigo,
particularmente cuando se reconoce que toda evidencia 'dibuja imágenes',
y que existen muchas formas de dibujar una sola imagen. Algunas
destrezas incluyen el tono de la voz que el abogado adopta con cada
testigo, el lugar de donde el abogado realiza las preguntas, y la
dirección a donde el abogado mira o dirige una pregunta. Mucho de lo que
un Juez percibe de un testimonio radica más allá de las simples
palabras. Por lo tanto, cada vez más abogados ponen su atención en la
relación entre la evidencia sustantiva y cómo es entregada al Juez por
medio de los testigos.
Si eres de los
abogados que acostumbran a escribir las preguntas en un papel,
esfuérzate en escuchar las respuestas, observar a los testigos y al
juez, y a dar seguimiento a las preguntas no contenidas en tus apuntes
cuando sea necesario. Si puedes dominar esta técnica, las preguntas
preparadas serán de gran ventaja porque al tener un guión preparado
ayuda a preguntar correctamente, disminuyendo la oportunidad de tu
oponente de interrumpir tu ritmo con objeciones estructurales. Además,
un guión ofrece una garantía cuando olvides una secuencia de ideas,
fracases con una objeción, recibas una pésima respuesta, o tropieces
contra otros problemas no esperados. Estas preguntas te permiten seguir
adelante como si nada hubiera ocurrido.
Contrainterrogatorio:
Los casos no se ganan con buenos contraexámenes.
Sin duda es importante saber contraexaminar; constituye una de las
habilidades más difíciles a desarrollar como litigantes. Pero no es esta
herramienta la que, por regla, nos permitirá ganar los casos. Es
importante, para dimensionar el trabajo del contraexamen, abandonar el
mito del abogado de película que gana sus casos sin prueba y solo
poniendo en aprietos a los testigos presentados por su oponente.
La destreza más
importante para conducir un contrainterrogatorio efectivo es que el
abogado debe mantener el control del testigo. Pero también es la
técnica más dificil de dominar. El contrainterrogatorio ideal consiste
en que el examinador realice una serie de declaraciones o aseveraciones y
que de ellas se obtenga una simple afirmación y sin explicación algunade parte del testigo.
El propósito del contrainterrogatorio es que el
testigo apruebe ciertos hechos. Por lo tanto, el abogado generalmente
deberá emplear preguntas sugestivas. La mejor forma es declarar un
hecho seguido de una frase interrogante: “¿Es cierto?” “¿Es correcto?”
“¿Es verdad?” “¿Está usted de acuerdo?” Por ejemplo, “El semáforo
estaba en rojo cuando usted ingresó a la intersección; ¿es cierto?” La
técnica de empezar con el hecho, seguido por la frase que lo transforma
en pregunta, hace que los hechos sean claros y prominentes. Si
colocamos el hecho primero en vez de la frase interrogante, el hecho se
vuelve más poderoso. Además, el abogado muestra seguridad, que da
credibilidad a la presentación de sus hechos.
Alegato de Clausura:
El alegato de
clausura generalmente no debe ser muy dramático. Un abogado no tiene
que ser un genio en oratoria para ser efectivo. Un buen argumento de
cierre no debe ser algo teatral; una discusión metódica de la evidencia,
de los hechos y de la ley es mucho más persuasivo. En efecto, una
presentación sólida basada en los hechos es fundamental para convencer
al juez quien ha visto todas las pruebas.
El abogado deberá prepararse para su alegato de
clausura incluso hasta antes del comienzo del juicio. En efecto, las
imágenes y mensajes centrales del alegato de clausura deben estar de
acuerdo con los temas del alegato de apertura. Tener un tema en común
facilita la preparación. En la mayoría de los casos, el abogado conoce
cuáles son sus proposiciones esenciales –y las de su contraparte– antes
de iniciar el juicio. Por lo tanto, el abogado puede hacer un resumen y
ensayar la clausura antes del juicio y hacer ajustes compatibles con la
evidencia presentada durante el desarrollo de la audiencia. Por lo
menos, el abogado debe hacer un bosquejo de su argumento de clausura
mucho antes de ejecutarlo.
Regla de oro: El abogado no debe pedir al juez
que se ponga en los zapatos de otros o que trate a una de las partes
como al juez le gustaría que lo trataran. Una técnica aceptable es
preguntar cómo sentiría, reaccionaría o respondería cualquier ‘persona
razonable’ ante alguna situación. Debido a que el juez se considera una
persona ‘razonable’, esta técnica debe lograr tu propósito.
Fuentes/Créditos:
- ACCESO Capacitación
- Evidence Problems and Materials / Friedland - Sahl ¦ EE.UU.
- Litigación en Audiencias Orales y Juicio Oral Penal / Isabel Maldonado ¦ México
- ACCESO Capacitación
- Evidence Problems and Materials / Friedland - Sahl ¦ EE.UU.
- Litigación en Audiencias Orales y Juicio Oral Penal / Isabel Maldonado ¦ México
- Manual de Litigación / Leticia Lorenzo ¦ Argentina
- Materials in Trial Advocacy / Mauet - Wolfso ¦ EE.UU.
- Técnicas de Litigación para Jueces, Fiscales y Defensores / Nancy C. Granadillo Colmenares ¦ Venezuela
- Trial Technique & Evidence - NITA ¦ EE.UU.
- Materials in Trial Advocacy / Mauet - Wolfso ¦ EE.UU.
- Técnicas de Litigación para Jueces, Fiscales y Defensores / Nancy C. Granadillo Colmenares ¦ Venezuela
- Trial Technique & Evidence - NITA ¦ EE.UU.
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